miércoles, 29 de febrero de 2012

QUE Y QUIEN ES QUE EN EL PROGRAMA DE EDUCACIÓN COMPENSATORIA EN LA C.M.




  • El Programa de Educación Compensatoria se regula en el RD 299/96 de ordenación de las intervenciones dirigidas a compensación de desigualdades en la educación.
  • O. 22 de Julio de 1999 del MEC. Regulación de las actuaciones de compensación educativa en centros sostenidos con fondos públicos
  • O. 2316/99 de la C.M.  Actuaciones de compensación educativa en la Comunidad de Madrid.
  • R. 21/Julio/2006 de la Viceconsejeria de Educación del CM por la que se dicta instrucciones para la organización de medidas de compensación educativa en los centros educativos sostenidos con fondos públicos.
Debemos tener en cuenta que no hay normativa especifica de compensación educativa para la EP. Por ello utilizamos la existente para la ESO. Para ello se aplica una figura jurídica, La analogía jurídica Salvo en el caso de la R. 21/julio/2006 de la Viceconsejeria de Educación de la CM, que especifica la actuaciones en EP.
La inclusión de un alumno en un grupo de compensación educativa es una medida de carácter extraordinario. Implica haber realizado antes todas las medidas de carácter ordinario que se recogen en el PAD del centro. (Refuerzo, grupos flexibles, repetición…)




¿Quién es alumno de Educación Compensatoria?
  • Para Aula de Enlace.
    • El alumno inmigrante con nueva matriculación en España, con desconocimiento del idioma castellano a nivel instrumental mayor de nueve años.
    • El alumno inmigrante mayor de nueve años con idioma castellano, con nueva matriculación en España, y escolarización muy irregular, o inexistente en su país de origen. O perteneciente a un país cuyo sistema educativo tenga un gran desfase educativo respecto al nuestro de al menos dos años.
Es preciso la autorización de los padres y es la mesa de escolarización de la localidad quien realiza la escolarización en el aula de enlace. En ambos casos y una vez en el CEIP de referencia, se le deberá aplicar el Plan de Acogida del centro y realizarle una evaluación inicial para establecer las posibles necesidades de compensación educativa y poder ajustar la respuesta a dichas necesidades.

  • Para grupo de compensación educativa en centro ordinario.
    • El alumno ya escolarizado en el que se dan de forma simultanea al menos dos situaciones:
      • Dos años de desfase curricular en las áreas instrumentales, tras agotar las medidas ordinarias recogidas en el PAD. (Recordemos que la repetición es una medida ordinaria)
Junto a uno de estos criterios:
·         Etnia minoritaria autóctona.
·         Desventaja socio-educativa que incida en el proceso E-A.
En ambas situaciones, se usaran por parte del tutor los protocolos para detección de alumnado en situación de desventaja sociofamiliar, suministrados a la jefatura de estudios por el EOEP.

¿Qué responsabilidades tiene cada profesional?

  • El tutor:
    • El alumno siempre tendrá como referencia el grupo – clase. El tutor seguirá siendo su profesor de referencia. La evaluación inicial del nivel curricular en las áreas instrumentales
    • El alumno es responsabilidad del tutor conjuntamente con el profesor de compensatoria.
    • Debe realizar y firmar el informe de evaluación inicial y de alta en el programa junto al profesor de compensatoria, demostrando el desfase curricular de más de dos años en las áreas instrumentales. Además, lo acompañara, del protocolo de detección correspondiente en caso de ser alumno de etnia minoritaria autóctona, o socialmente desfavorecida. Desarrollara y ejecutara junto al profesor de compensatoria las adaptaciones curriculares pertinentes para el alumno dentro de las áreas curriculares que desarrolle dentro de su grupo-aula de referencia..
    • Aplicara aquellas actividades recogidas para su realización en el Plan de Acogida del centro, y en el Plan de Acción Tutorial.

  • El profesor de compensatoria:
    • Realizara junto al tutor la evaluación inicial y el correspondiente informe de evaluación inicial y de alta en el programa.
    • Organizara los grupos de compensatoria según sus criterios metodológicos y las instrucciones de SIE
    • Desarrollara junto al tutor las adaptaciones curriculares pertinentes para el alumno dentro de las áreas curriculares que desarrolle dentro de su grupo-aula.


  • El EOEP.
    • El Equipo de Orientación asesorara tanto al tutor como al profesor de compensatoria en lo referente a:
      • La metodología didáctica a utilizar tanto dentro del grupo-aula como del grupo de compensatoria.
      • La realización de la evaluación inicial por parte del tutor y del profesor de compensatoria.
      • La realización de la adaptación curricular del alumno por parte del tutor y del profesor de compensatoria.
      • La detección de alumnado en situación de desventaja social. Estableciendo los criterios que faciliten su detección.
      • La organización del grupo-aula y del grupo de compensatoria a partir de las actividades y medidas recogidas en el P.A.D.
      • La acción tutorial a realizar con estos alumnos y sus familias dentro de las actividades recogidas en el P.A.T del centro.

·         Solo a petición del profesor de compensatoria y / o jefatura de estudios y tras estudio por parte de este Equipo de Orientación, se realizaran entrevistas sociales familiares, solo en aquellos casos de alumnos, que se considere que el protocolo de detección no va a establecer con claridad la situación de desventaja sociofamiliar en la que está inserto.

·         El EOEP facilitara al centro educativo la búsqueda de recursos:

·         Educativos; los recursos propios del sistema educativo.
·         Didácticos; facilitando programas de castellanización, programas en los que se apliquen las nuevas Tecnologías de la Información.
·         Los recursos de la comunidad en la que está el centro y que puedan incidir en el proceso E-A de los alumnos.

El profesor técnico de servicios a la comunidad en los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de la Comunidad de Madrid




EVOLUCIÓN HISTORICA DEL PERFIL PROFESIONAL.

Actualmente por parte de la Comunidad de Madrid existe lo que podríamos denominar cierto vacío normativo en lo que respecta a las funciones y ámbito de actuación del EOEP y sus profesionales.  Este vacío normativo se suple con instrucciones que se realizan por parte de la Dirección General de Centros  a principios de curso.

Por eso, vemos preciso realizar cierto recorrido histórico por la normativa que a lo largo de los años ha vertebrado la intervención del EOEP y sus profesionales, y, en el caso que nos ocupa, la figura del profesor de servicios a la comunidad.

Debemos  entender que a lo largo de los años  la figura de este profesional ha evolucionado de desde el diplomado universitario en trabajo social  ( años 80 del siglo pasado) a un perfil profesional formado por profesionales con diferente titulación  universitaria (trabajadores, sociales, educadores sociales, psicólogos, maestros….)   unidos por su carácter docente en ciclos formativos de la familia de Servicios a la Comunidad, ( ciclos de Educación Infantil, Integración Social, Animación Sociocultural, intervención socio-sanitaria)  este bagaje común es el que le impronta un  perfil propio de orientador educativo- familiar,   enriquecido por su formación de origen y no al contrario.

El profesor técnico de servicios a la comunidad (PTSC), dentro del ámbito escolar, es el profesional  que de acuerdo con la EL PEC colabora junto con otros profesionales en favorecer el desarrollo integral de los alumnos, proporcionado elementos de conocimiento del mismo  y del entorno en los aspectos familiar y social e interviniendo en estas áreas cuando sea necesario. (Guía de la Integración, 1990-42)
“La intervención del trabajador social en este ámbito tiene como objetivo el de contribuir a que el alumno, independientemente de su pertenencia a un entono socio-familiar u otro, tenga las mismas oportunidades educativas que los demás; procurando que el entorno más inmediato del alumno sea lo más motivador y estimulante posible, de cara a su adaptación y su rendimiento escolar, trabajando con las familias en un marco de colaboración, e implicándolas al máximo en el proceso educativo,....”( La intervención del Trabajador Social en los servicios psicopedagógicos escolares. 1995. Pag 13 y siguientes)  

Funciones del Diplomado en Trabajo social  ( actualmente PTSC) en el medio docente  según  el Centro Nacional de Recursos para la Educación Especial Del MEC (1990)
Respecto al alumnado:

Realizar el estudio social y familiar de los alumnos empleando los instrumentos propios del Trabajo social y manteniendo los datos de dicho estudio y de su seguimiento.

En relación Profesor-Tutor:
Facilitar información al profesor –tutor en relación a los aspectos sociales y familiares haciendo especial hincapié en aquellos a tener en cuenta en al acción educativa.

Participar, en el ámbito de sus funciones, en las tareas de orientación familiar que realiza el profesor-tutor.

En relación al PEC:
Participar en la elaboración del proyecto educativo especialmente en los aspectos sociales y familiares de los alumnos escolarizados.

Respecto a los padres:

Informar y orientar a los padres en los temas que les son propios, así como de los recursos existentes en la comunidad , a fin de dar la mejor respuesta a las necesidades que los alumnos plantean en el medio familiar.
   (De El Trabajo Social en los Servicios de Apoyo a la Educación.  pag 110, 111...)

La función básica del PROFESOR TÉCNICO DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD es la de contribuir a la adecuada relación  e interacción entre los distintos miembros de la comunidad educativa, así como entre la comunidad educativa y el entorno social, asumiendo el papel de mediadores y, si hace falta de negociadores ante los conflictos o problemas que puedan presentarse.......
,....( La intervención del Trabajador Social en los servicios psicopedagógicos escolares. 1995. Pag 29 )


La Orden del 10 Marzo de 1995 MEC por la que se determinan las funciones de cada profesional dentro de los equipos, señala como funciones prioritarias del TS las siguientes:

a)      Asesorar a la comunidad educativa sobre aspectos familiares y sociales del alumnado y sobre los recursos socioeducativos de la zona.
b)      Realizar el estudio y la valoración socio-familiar de los casos detectados, bien elaborando la propuesta de intervención socioeducativa o bien derivándolo hacia el recurso pertinente, con el posterior seguimiento y evaluación del caso.

El D 131/1994 del MEC señala como una de las funciones de los servicios de Orientación Educativa y psicopedagógica la de detectar aquellas condiciones personales y sociales que faciliten o dificulten los procesos de aprendizaje del alumnado y su adaptación al ámbito escolar.
Entendemos que el desarrollo de esta función tiene un carácter preventivo, de especial relevancia dentro de la intervención social, y particularmente en el ámbito de la educación. ( La intervención del Trabajador Social en los servicios psicopedagógicos escolares. 1995. Pag 41 al 43 )

Siguiendo a Marchesi y Martín ¿Qué significa que un alumno sea ACNEES? En líneas generales, quiere decir que presenta algún problema de aprendizaje a lo largo de su escolarización que demanda una atención más específica y mayores recursos educativos de los necesarios para compañeros de su edad.... En todos ellos están influyendo diferentes situaciones familiares, sociales, culturales, etc. Que sin duda pueden estar dificultando el aprendizaje en la escuela. Es en la escuela, en el proceso de E-A donde en unos casos se originan, en  otros se manifiestan, y en otros se intensifican las distintas situaciones problemáticas que viven los alumnos..... (Marchesi, y Martín 1990. Del  lenguaje del trastorno a las nee. Y en Marchesi, Coll y Palacios.”Desarrollo Psicológico y Educación”).



la  Orden  de Diciembre de 1992 sobre la estructura y funciones de los EOEP;  que establece en su  titulo Octavo “ los Trabajadores Sociales de los equipos se ocuparan de  que los Centros Educativos respondan  a las necesidades sociales del correspondiente sector, así como de asegurar los servicios sociales más estrechamente vinculados al sistema educativo”
Con esto se plantea dos preguntas:
1.      ¿ Que se entiende por necesidades sociales?
2.       ¿ Servicios Sociales en sentido amplio?, ¿Servicios Sociales especializados ó quizás Generales?
Estas preguntas la contesta la Dirección General de Renovación Pedagógica en la Orden sobre funcionamiento de los EOEP publicado en el BOMEC del 13/5/96 que establece en el punto 1.3 apartado b) y cito textualmente:
“ Los Trabajadores sociales asumen prioritariamente tareas entre las cuales tienen un peso destacado las de ámbito sectorial, en concreto:
  • Conocer las características del entorno, así como las necesidades sociales y educativas  e identificar los recursos educativos, culturales, sanitarios y sociales existentes en la zona y posibilitar su máximo aprovechamiento, estableciendo las vías de coordinación y colaboración necesarias.
  • Participar en la elaboración de los programas de seguimiento y control del absentismo de los alumnos y, en colaboración con otros servicios externos e instituciones desarrollar las actuaciones necesarias para facilitar el acceso y permanencia del alumnado en desventaja social en el centro educativo.
  • Colaborar en el desarrollo de programas formativos dirigidos a familias.
Canalizar demandas de evaluación psicopedagógica y colaborar en la realización de las mismas aportando criterios sobre la evaluación del contexto familiar y social y, en su caso, realizando dicho análisis.
En relación con el apoyo especializado a los centros, su trabajo se enmarca en el desarrollo de acciones vinculadas a los procesos de elaboración, desarrollo, evaluación y revisión de los Proyectos Educativos y Curriculares. Su papel se centrará en :
·         Facilitar información sobre los aspectos relativos al contexto sociocultural del alumnado.
·         Proporcionar información sobre los recursos existentes y las vías apropiadas para su utilización. Facilitando la coordinación de los servicios de la zona y el centro.
·         Colaborar en la detección de indicadores de riesgo que puedan ayudar a prevenir procesos o situaciones de inadaptación social.
·         Proporcionar información al profesor tutor sobre aspectos familiares y sociales de los alumnos con necesidades educativas especiales y los alumnos en situación de desventaja social.
·         Facilitar la acogida, integración y participación de los alumnos con necesidades educativas especiales o en situación de desventaja, en colaboración con tutores y familias.
·         Participar en coordinación con el psicólogo o pedagogo en el establecimiento de unas relaciones fluidas entre el centro y las familias.
·         Participar en tareas de formación y orientación familiar.
·         Colaborar en los procesos de acogida y de mediación social.

Dada la especial incidencia de estos profesionales en las funciones de sector. Aunque siempre encaminadas al ajuste de la respuesta educativa desde los centros a los alumnos, la planificación de su trabajo respecto al número de centros, frecuencia de intervención y permanencia en los mismos será diferente a la del resto de los componentes del Equipo. Las prioridades y periodicidad de sus actuaciones estarán determinadas en todo caso, por las características sociales de la población escolarizada. Aunque también se tendrán en cuenta las demandas concretas de colaboración que los centros formulen a los profesionales para el desarrollo de los objetivos marcados en su Proyecto Educativo y en los Proyectos Curriculares de las diferentes etapas”

En lo referido a la Atención a la diversidad las actividades que puede llevar a cabo el TS son:

q  Participar en el análisis de las nees y de las características del aula.

q  Participar en la determinación de las necesidades a nivel individual, de grupo, de aula y de centro.
q  Cuidar que se contemplen aspectos relacionales y sociofamiliares.
q  Procurar que se realice un análisis globalizado, es decir, que se tengan en cuentan todos los aspectos relevantes de una situación y la interrelación entre ellos.
( La intervención del Trabajador Social en los servicios psicopedagógicos escolares. 1995. Pag 48 al 49 )

A nivel individual:

A menudo es necesario abordar con la familia cuestiones relativas a la educación de sus hijos o posibles dificultades de adaptación, orientando y asesorando al respecto y estableciendo los programas pertinentes.

Las necesidades de orientación se dan en toda la población, necesidades que por ejemplo, hacen referencia al uso paterno de la autoridad, autonomía/dependencia de los hijos, problemas de la adolescencia, etc. Para dar respuesta a estas necesidades el profesor técnico de servicios a la comunidad puede llevar a cabo actividades como:

a)      Desarrollar programas de intervención familiar referidos a aspectos como autonomía personal, hábitos básicos, relaciones familiares o de la familia-escuela. Etc

b)      Orientar a las familias en las situaciones disfuncionales que se hayan podido producir ante la presencia de un hijo con minusvalía: sobreprotección, abandono, celos entre hermanos, tensiones familiares, etc


c)      Trabajar las expectativas de los padres respecto de las posibilidades de sus hijos (especialmente con los nee) así como las depositadas en el centro educativo.

d)     Potenciar la participación de los padres en el centro escolar.


e)      Informar y orientar a las familiar sobre ayudas o recursos existentes y su utilización

f)       Cuantas otras orientaciones se estimen conveniente, para facilitar criterios de actuación saludables.
 ( La intervención del Trabajador Social en los servicios psicopedagógicos escolares. 1995. Pag 57  al 58  ).

En el libro sobre  la Evaluación Psicopedagógica editado por el MEC, se establece: ¿Qué evaluar del contexto familiar? Y entre los datos que interesa explorar cabe destacar:

q  Características personales y relaciones sociales.
q  Grado de autonomía, incluyendo apartados muy distintos. Tales como la autonomía fisiológica en los mas pequeños hasta el desenvolvimiento de los mayores en el barrio.
q  Juego y Ocio.
q  Salud y otras intervenciones. Las distintas intervenciones sanitarias y rehabilitadoras...
q  Actitud y hábitos en los estudios... los hábitos que han ido desarrollando en las tareas escolares en casa.
Datos sobre el propio medio familiar que favorecen o dificultan el desarrollo del niño.
q  Estructura familiar
q  Relaciones familiares y dinámica interna
q  Valores predominantes
q  Vida cotidiana y ocio
q  Actitud ante las necesidades especiales del niño
q  Ayuda en el proceso E-A
q  Relación familia escuela
Datos sobre el entorno social que favorecen o dificultan el desarrollo del alumno
q  Características y servicios del pueblo o barrio
q  Grupos de referencia fuera del contexto escolar y familiar
Pag 138 a 147 del libro del MEC La Evaluación Psicopedagógica.


 Alumno  en desventaja socio-educativa. Desde el enfoque sistémico: Todo alumno cuyo subsistema familiar y suprasistema ambiente incide negativamente de manera significativa en el proceso E-A del alumno.

Desde el enfoque ecológico: Todo alumno en el que los factores ambientales inciden negativamente de manera significativa en el proceso E-A del alumno y por tanto en la adquisición de competencias básicas.

Desde el enfoque de la intervención en crisis: Todo alumno inmerso en una situación de crisis personal, o en su contexto familiar y/o social cercano que incida de manera significativa en el proceso E-A del alumno imposibilitando el adecuado desarrollo de sus competencias básicas.

 Alumno de necesidades educativas especificas: Aquel alumno cuyas características y capacidades personales, sociales, ambientales y/o familiares inciden de manera negativa en la consecución de las competencias básicas a adquirir en el proceso E-A.





Bibliografía.
 
q  Elena Rosello y otras. La intervención del Trabajador Social en los servicios psicopedagógicos escolares. Generalitat Valenciana. Conselleria d´educació i ciencia. Valencia 1995
q  Eugenio Gonzalez Gonzalez y otros. El trabajador social en los servicios de apoyo a la educación. Consejo general de Colegios oficiales de Diplomados En Trabajo Social y Asistentes Sociales. Madrid. 1993
q  Manuel Moix Martinez . Introducción al Trabajo social. Editorial Trivium Madrid 1991
q   Colegio Oficial de Sociólogos y licenciados en política social. Diccionario taxonómico: conceptos básicos de bienestar Social. Madrid 1993
q  Hernández Aristu Jesús. Metodología para el Trabajo social. Documentación social Nº 69 1987

martes, 28 de febrero de 2012

FUNCIONES DEL PTSC EN EL EOEP

Os presento un breve esquema de las funciones del profesor técnico de servicios a la comunidad dentro de un EOEP. Espero que clarifique un poco más cual es nuestro trabajo dentro de un Equipo de Orientación.
Me gustaría que aportaseis más información, o ideas a partir de esta presentación

lunes, 27 de febrero de 2012

Ambitos de intervención del PTSC en el apoyo a la acción tutorial



1.        Ambitos de intervención.
            En el centro escolar:
-      Participación en la valoración de acnees junto con el/la orientadora del EOEP.
-      Intervención/seguimiento familiar en aquellos casos en los que la situación familiar repercuta negativamente en el rendimiento escolar y en el desarrollo personal del menor.
-      Detección y prevención del absentismo escolar (sólo en E. Primaria). Protocolo de absentismo.
-      Prevención de situaciones de riesgo social detectadas en el trascurso de la acción tutorial.
Carlos L.Sánchez Arroyo/IES Juan Carlos de Ciempozuelos

            Fuera del centro escolar:
-      Coordinación con Servicios Sociales de la zona para la derivación y el seguimiento de casos en los que haya intervención conjunta a criterio del PTSC.
-      Participación en las Comisiones de Apoyo Familiar.
-      Coordinación con otros organismos e instituciones de la zona, tales como ludotecas, centros de salud, asociaciones juveniles y de otl, etc. A criterio del PTSC
-      Participación en la Mesa de Escolarización y Absentismo de  Fuenlabrada, Humanes y Griñón.
2.       Solicitud de intervención del/la PTSC:
-      Quién: puede solicitar intervención cualquier miembro del claustro que haya detectado una situación de desprotección o de riesgo de un menor.
-      Cómo:  A través de protocolo de derivación en Jefatura de Estudios
-      Cuándo: cuando se haya constatado la existencia de una situación de riesgo o desprotección en un menor y la labor tutorial haya sido infructuosa. También cuando sean necesarios orientación o asesoramiento en alguna situación de índole socio-familiar especialmente compleja para el tutor-a.
3.       Procedimiento de intervención:
-      Entrevista con el tutor-a para recogida de información y valoración conjunta del caso.
-      Establecimiento de la estrategia de intervención: entrevista conjunta (tutor-a/PTSC), derivación a otros servicios, continuación de la acción tutorial, etc.
-      Devolución de información del/la PTSC al tutor-a de las actuaciones realizadas.
-      Seguimientos periódicos de la evolución del caso.